Justicia rechaza reconocimiento legal a la iglesia satanista
Revisión de los antecedentes entregados llevó a ministerio a estimar que esta iglesia atentaría contra el orden y la mujeres.
Leo Riquelme
Por considerar que su objeto y actividades a desarrollar contrariarían el orden público, la Subsecretaría de Justicia rechazó la solicitud de reconocimiento legal a "Iglesia Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile", como pretendía conseguir desde el 1 de agosto de 2024.
De acuerdo a la resolución firmada por el subsecretario (s) Héctor Opazo, la revisión de los antecedentes, exposiciones y entrega de bibliografía que expusieron sus impulsores, Manuel Castillo Azócar y Yosef Gallardo Merassi, la doctrina que profesan contraría el orden público al incluir principios como la venganza y la violencia, promoviendo ideas como la autotutela y la posibilidad de sacrificios humanos.
La resolución cita párrafos de textos satanistas con recomendaciones como "si un hombre te abofetea en la mejilla, ¡rómpele la otra!"; o que se considerará un "buen y apropiado sacrificio humano" cuando se aplica a "cualquiera que te haya hecho mal injustamente, que te haya hecho mal para herirte, que te haya causado problemas y apuros deliberadamente a ti o a los tuyos".
Sus promotores explican que ello sería cometido a través de un "rito" o "lanzamiento de una maldición", no como un acto físico directo, aunque añaden que si "provoca su aniquilación en el sentido literal de la palabra, alégrate que has ayudado a que el mundo se liberara de una peste".
Entre la documentación proporcionada se incluye entre los ritos satánicos el de tipo sexual, que define como "lo que comúnmente se conoce como hechizo de amor". Y a quienes lo practiquen les aconseja: "Aprovéchate lo más que puedas de los hechizos y conjuros que den resultado".
En su resolución, la subsecretaría responde que los satanistas, "junto con proclamar la legitimidad de la autotutela, no descartan la existencia de algún 'sacrificio humano' -sea o no simbólicamente-, pues lo que se busca es la destrucción de quien, a juicio de quien adscribe a tales ideas, merece ser destruido. Lo anterior no puede se aceptado como mecanismo de solución de conflicto, ni puede ser aceptado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", dice el documento.
El organismo también reprochó que entre los ritos sexuales el satanista se arrogara "la fuerza suficiente para utilizar los encantamientos para su propia gratificación sexual, o para ganar poder o éxito de naturaleza específica". Para la cartera, esto expone a delitos contra el orden de las familias y contra la moralidad pública y contra la identidad sexual, y revisten un riesgo para los compromisos de Chile de erradicación de la violencia en contra de las mujeres.
Asimismo, los luciferistas expresan su rechazo al concepto de fe, definiendo su movimiento como una "filosofía o ideología". Para la subsecretaría, esta declaración la aleja de la finalidad y propósito de la Ley 19.638 y su reglamento, que entienden como "iglesias, confesiones o instituciones religiosas a las entidades integradas por personas naturales que profesen una determinada fe", lo que no es el caso.