Pena aumentó por reiterar el ilícito

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De acuerdo a lo informado, en la determinación de la pena a imponer al condenado, el tribunal tuvo presente la reiteración de los hechos de la misma naturaleza. Así, "de conformidad a lo dispuesto en el artículo 351 inciso final del Código Procesal Penal, es aplicable a la especie lo estatuido en el inciso primero de dicha disposición, debiendo imponerse la pena, estimándola como un solo delito aumentado en uno o dos grados".