Dan permiso a transporte de "servicios esenciales"
Trabajadores de la salud, delivery de empresas autorizadas, agricultores y otros, están libres de restricción.
En cuanto a restricciones, esta semana se modificó la Resolución Exenta N-356 del 28 de Julio de 2020 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, en su resuelvo N-2 donde se explica que "las personas que acrediten que utilizan el vehículo para trasladarse a sus lugares de trabajo en actividades calificadas como esenciales por la autoridad", quedarán libres de la restricción vehicular que rige en la ciudad desde el 30 de julio pasado.
"La modificación dice textualmente que las personas que acrediten que utilicen el vehículo para trasladarse a sus lugares de trabajo en actividades calificadas como esenciales para la autoridad. Esas son las personas, y las condiciones que deben tener para no estar impedidas de trasladarse", dijo Alfredo Araya, Seremi de Transporte de la región.
Actividades esenciales
La autoridad aclaró que las actividades esenciales están relacionadas a la Salud, Vehículos de Emergencia, Sector Público y Transporte, las que están detalladas en el Instructivo para Permisos de Desplazamiento en vigencia desde el 17 de agosto de 2020.
"El abastecimiento de la ciudad de parte de la logística, tanto a nivel mayor como también la alimentación de la población, la que debe estar garantizada para el buen desenvolvimiento de la actividad económica y para que la población pueda alimentarse. En ese sentido se establece que los vehículos que transporten alimentos queden liberados; por ejemplo, en el caso de los vehículos que vienen de los valles con mercadería y vegetales para entregar a los terminales. Ellos están liberados de la restricción a través de la guía de despacho y facturas que acompañan su carga", explicó Araya.
Delivery y otros
En cuanto a deliveries y otros, la autoridad señaló que "las personas que trasladen alimentos y medicamentos en el sistema delivery, también quedan exentos cuando se realizan a través de una empresa debidamente autorizada, y con permiso colectivo de la empresa. No un permiso individual".
También quedan exentos de restricción vehicular los pastores que van a dar la extrema unción a enfermos, y personas que trabajan "en residencias donde atienden a niños y adultos mayores".
En la fiscalización el conductor debe presentar el permiso colectivo laboral de Comisaría Virtual, su carné y credencial institucional.
Ante dudas, llamar al 582255242 y 582254968.