Divorcio, Nulidad o Separación ya no son obstáculos para recibir subsidios
Desde el 2013 el Minvu modificó la normativa de subsidio habitacional, para que las personas separadas de hecho, divorciadas o anuladas puedan acceder al beneficio cuando hayan iniciado el trámite.
De esta forma, las nuevas parejas también podrán acceder a los subsidios. Por ejemplo, si estuvo casado bajo el régimen de sociedad conyugal: debe disolver esta sociedad y liquidar los bienes, y no adjudicarse la vivienda y tampoco recibir compensación por el bien raíz.
En caso de ser mujer, el requisito es haber optado por renunciar a los gananciales en la liquidación de bienes de la sociedad conyugal. Pero si estuvo casada con separación total de bienes puede postular solo si: carece de vivienda, porque al término del matrimonio, la vivienda adquirida antes o durante el matrimonio quedó a nombre de su ex cónyuge.
Otro requisito, es no tener certificado de subsidio habitacional vigente, aplicado o por aplicar. Pero si
estuvo casado con participación en los gananciales puede postular siempre y cuando: no se haya adjudicado la vivienda.
En caso de separación de hecho, los requisitos son los siguientes: dictación de la sentencia de divorcio y su subinscripción al margen de la inscripción de matrimonio.
El postulante, como resultado de divorcio no debe adjudicarse una vivienda. O bien debe renunciar a recibir compensación por el bien raíz que se adjudicó el otro cónyuge.
Mayor información en oficinas de Serviu, 18 de seoptiembre 122.