Ojo: Multas por no respetar horarios
Fiscalizarán las horas de cierre y feriados en Navidad y Año Nuevo para los trabajadores del comercio.
Si los ariqueños andan apurados por estos días previos a la Navidad comprando los regalos en el comercio, con mayor razón tienen que estar atentos en la víspera, porque regirá el horario especial de cierre y luego los feriados irrenunciables (25 de diciembre y 1 de enero).
El tema es que los locales que no acaten esto se arriesgan a altas multas como lo explican Jaime Rojas, director (s) regional del Trabajo y Verónica Araya, coordinadora inspectiva.
Las multas dependen de la cantidad de trabajadores y es por cada empleado que se encuentre en funciones o haya sido obligado a cumplir horario fuera del establecido para la víspera de los feriados irrenunciables o por estar trabajando en dichos días.
Multas
Las multas parten por el número de empleados. De 1 a 49 trabajadores es de 5 UTM ($ 224.775,00) por cada persona laborando.
De 50 a 199 trabajadores, las multan son de 10 UTM ($ 449.550,00) por cada empleado que se halle laborando en el horario no permitido.
La coordinadora inspectiva, afirma que "a veces dicen que están comprando o de visita, pero allí se pide la documentación".
Lo que debe quedar claro es que los dueños o jefes de tienda y locales comerciales en general, deben disponer que la jornada laboral de mañana termine a las 20 horas.
Cierre
No obstante, se autoriza al comercio a cerrar las puertas a las 18 horas a fin de dar tiempo a los trabajadores de atender a los clientes que aún permanecen dentro de estos locales.
En cuanto a los feriados irrenunciables y obligatorios, se considera el 25 de diciembre y el 1 de enero para todos los dependientes del comercio.
Sin embargo, la coordinadora inspectiva, Verónica Araya, acota que se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores de restaurantes, locales de entretenimiento como cine, discotecas, casino de juego y los que laboran en las estaciones de servicio de combustible, farmacias de Urgencia o los que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
A su vez, el propio dueño de una carnicería o los de almacenes, pueden trabajar sus negocios sin problemas estos feriados.
Incluso, estos almacenes pueden ser atendidos por los hijos comprobándose esto.
Los mercados también pueden abrir sin problemas siempre que los locales sean atendidos por los dueños, pero no si se comprueba que hay dos o más trabajadores.