En el segundo día de audiencia de preparación de Juicio Oral del denominado caso OS-7, el magistrado Sergio Álvarez declaró ilegal el allanamiento y la incautación de especies que se efectuó en el cuartel de esa unidad policial, ubicado en calle Loa, el mismo día que se registró la detención del ex mayor Víctor Rodríguez Huerta, el capitán Leonado Vílchez Sepúlveda y el ex funcionario policial Nelson Gavilán Santos, además de dos civiles.
El abogado Eduardo Riquelme explicó que esto significa que todo lo que se incautó al interior del cuartel de OS-7 en el momento de la detención de los oficiales, no puede ser considerado como medio de prueba.
'La ejecución del Ministerio Público de la resolución que autorizaba la entrada y registro de incautación en el cuartel OS-7 es ilegal, toda vez que el artículo 209 del código procesal penal señala que los recintos militares, en los casos que se pretende realizar un allanamiento, se debe avisar con 48 horas de anticipación a la autoridad superior', planteó el abogado.
'Estamos tranquilos y confiamos en la acción de la justicia, creo que para todo es bastante claro que no existe ninguna imputación directa a nuestros representados en orden a que hubieran actuado para promover, facilitar o incitar el tráfico de drogas. Más allá del procedimiento policial, lo que acá ocurrió es que la droga fue incautada, destruida y los traficantes detenidos', sostuvo Riquelme.
Respecto a esta resolución judicial, el vocero de la Fiscalía, Jorge Videla, explicó que una vez que concluya la audiencia de preparación de juicio oral, se procederá a dictar el auto de apertura y que a partir de ahí se decidirá sobre la presentación de un recurso de apelación para revocar la resolución del Juzgado de Garantía.
'Antes de que se pusiera en marcha la diligencia de allanamiento, se le avisó al general de zona de Carabineros. Incluso el mismo general participa y concurre con los fiscales del caso a las dependencias del Cuartel OS-7 de Arica, él fue quien ingresó primero al lugar y seleccionó a personal de su confianza para que, conjuntamente con funcionarios de la PDI, concurrieran a las demás dependencias allanadas. Por tanto, no hubo desconocimiento de parte de la institución, considerando que el general y jefe máximo estaba al tanto antes de estas diligencias', expresó Videla.
El abogado agregó que 'las defensas argumentaron que para realizar la diligencia de allanamiento, nosotros debíamos avisarle al principal investigado con 48 horas de anticipación que íbamos a ir a su domicilio y su lugar de trabajo, porque lo estamos investigando por tal delito y eso desde una óptica lógica indica que existe un riesgo latente de que la diligencia se pudiera frustrar'.
Los uniformados y los tres civiles están acusados por su presunta responsabilidad en delitos de tráfico, asociación ilícita, falsificación instrumental e infracción al artículo 229 del Código Penal; esto es, no haber detenido a un condenado que registraba quebrantamiento de condena.
El primero de los procedimientos investigados se registró el 5 de agosto de 2013 y el segundo el 9 de septiembre del mismo año, donde se incautó 800 kilos de marihuana. J